Institucional
Para proyectos y programas conjuntos
El encuentro se realizó en el Despacho del Rector en el Edificio Central de la UNSJ.
Publicado por:
Melina Páez Oruste
Fecha:
14-06-2024
La Universidad Nacional de San Juan, la Facultad de Ingeniería y el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) celebraron el Convenio Marco de Cooperación de carácter general a través de la firma de las partes intervinientes. En el encuentro estuvieron presentes el rector de la UNSJ, Mg. Tadeo Berenguer; el decano de la FI, Esp. Oscar Mario Fernández; la vicedecana, Dra. Andrea Diaz, el secretario de Extensión, Dr. Orlando Boiteux; el gerente de IRAM, Lic. Gastón Olibano y el consultor, Mg. Daniel Cano de la Unión Industrial.
En este Convenio queda sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETIVOS: Las partes convienen por el presente prestar reciproca asistencia en promover y cooperación en todo aquel aspecto que tengan relación directa con los objetivos y modalidades que establecen sus respectivos estatutos, y desarrollar actividades de complementación, cooperación y asistencia recíproca de carácter institucional, académico, científico, tecnológico, social, cultural y de servicios. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: ACTAS COMPLEMENTARIAS: Lo acordado en la cláusula anterior se concretará e instrumentara a través de Actas Complementarias que pasarán a formar parte de este Convenio, como Anexos y que serán suscriptas para el caso de la UNSJ, directamente por la Unidad Académica involucrada en la misma, contando con el aval previo del Consejo Directivo de la Facultad y firma del Sr. Rector, y Sr. Decano de la Facultad interviniente en caso de Facultad y Director en caso de la Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud. Mientras que por parte IRAM, la respectiva suscripción quedara a cargo de su Director General Dichas actas determinarán las acciones concretas a desarrollar para el más eficaz cumplimiento de lo previsto en el presente convenio, y precisarán las tareas a realizar, sus alcances y plazos de ejecución, los aportes y obligaciones de las partes y los mecanismos a cumplimentar en su realización, así como aquellos otros aspectos que resulten necesarios a los objetivos perseguidos, de acuerdo con las características de las tareas a encarar.---------------------------------------------
TERCERA: PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DEL CONOCIMIENTO GENERADO: El derecho de propiedad y patentes de toda obra, desarrollo, descubrimiento o invento que como consecuencia de este Convenio sugiere y/o fuera ejecutado durante su vigencia, será acordado por las partes en la respectiva Acta Complementaria, de acuerdo a las normativas vigentes. -----------------------------------------------------------
CUARTA: EROGACIONES PRESUPUESTARIAS:Las condiciones del presente Convenio Marco no generan erogaciones presupuestarias para ninguna de las Partes. ----------------------------------------------------
QUINTA: RECURSOS ECONÓMICOS: Queda establecido que, para el supuesto caso de que las actividades conjuntas generasen algún beneficio económico para la UNSJ, éste deberá incorporarse al Fondo Universitario, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3°-Inc.F) de la Ordenanza N°21/92 del Consejo Superior y sus modificatorias. ----------------------------------------------------------------------------------------------------
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