Facultad de Ingeniería - Universidad Nacional de San Juan - San Juan, Argentina
Estudiantes
Sistema RETYPAC
Registro de estudiante trabajador/a y/o con personas a cargo
Servirá para poder implementar el reglamento aprobado por el Consejo Superior de la UNSJ a partir de un proyecto impulsado por el Estamento Estudiantil.
El RETYPAC fue desarrollado en la Facultad de Ingeniería por Eliseo Ortiz Rocchetti (Secretaría de Asuntos Estudiantiles), con la colaboración de la Prof. Ana Domínguez (FI-UNSJ), a partir de la información proporcionada por las Secretarías/Coordinaciones de Asuntos Estudiantiles de las Unidades Académicas de la UNSJ.
Los estudiantes interesados en realizar la inscripción a este reglamento deberán completar una Declaración Jurada que luego cargarán al momento de registrarse en el en el sitio web RETYPAC.
¿A quiénes aplica este reglamento?
El reglamento comprende a todo/a estudiante que:
◘ Preste servicios, en relación de dependencia, a cambio de una retribución, sin distinción de que el/la empleador/a sea persona humana o jurídica.
◘ Preste servicios de manera independiente, esté registrado en el Registro Nacional de Trabajadores/as de la Economía Popular (RENATEP), o sea emprendedor/a no registrado/a o autónomo/a.
◘ Esté becado/a con contraprestación de servicios o realice pasantía educativa.
◘ Sea representante estudiantil, electo y en ejercicio de sus funciones, tanto titular o suplente del Consejo Directivo, Consejo Superior, Consejo y Claustro Departamental; o sea miembro de la Comisión Directiva del Centro de Estudiantes, Federación Universitaria o Asociación Estudiantil.
◘ Cumpla funciones en el ámbito de la Universidad reconocidas por resolución.
◘ Que realice de forma habitual tareas relacionadas con el bienestar, sostenimiento de la vida y la asistencia a personas:
A) Menores de edad.
B) Con discapacidad.
C) Con o sin patologías, que requieran tratamiento médico o cuidados especiales.
¿Qué derechos me otorga el Reglamento del/de la estudiante trabajador/a o con personas a cargo (Ordenanza N°13/2023-CS)?
Los/las estudiantes que se incorporen al presente reglamento tendrán los siguientes derechos:
Prioridad en la elección de las comisiones que se constituyan en las asignaturas.
Posibilidad de realizar cambio de comisión de las asignaturas, para adecuarse a los horarios de trabajo o de cuidado de la/s persona/s a cargo, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 1.
En caso de no existir comisión que sea compatible en día y horario, se habilitarán alternativas formativas, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación u otras que acuerde el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura con los/las estudiantes.
Acordar con el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura, la posibilidad de realizar las actividades evaluativas de manera individual, en caso de que sean grupales y no sea posible su participación.
Justificación de tardanza de hasta treinta minutos (30') en cualquier actividad obligatoria, exámenes finales y parciales, entre otros.
Posibilidad de acceder a evaluaciones alternativas consensuadas entre el/la estudiante y el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura, en caso de no poder asistir a las programadas, sean estas: parciales (primera instancia, recuperatorio o extraordinario), prácticos evaluables y coloquios, entre otras; asegurando el número de instancias de evaluaciones establecidas en la planificación de la asignatura.